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LA DISTRIBUCIÓN DE LOS PRINCIPIOS DE AUTORIDAD Y COOPERACIÓN AFECTIVA EN LA FAMILIA (HETEROSEXUAL)
Publicado el 17/07/02 (Con el título "El principio de la legitimación paterna)

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 Opiniones


El vínculo BIOLÓGICO es el que permite al niño ser recibido en el seno de la familia en estado de absoluta PLASTICIDAD, es decir, para su formación desde los primeros instantes de vida. En la familia adoptiva, por el contrario, la plasticidad (contracara de la SEGURIDAD que la permanencia familiar brinda al niño) ya no es completa, pues el emplazamiento en el status de hijo se produce a edades más avanzadas. Obviamente, esa característica de la familia adoptiva sería común a la adopción por matrimonios heterosexuales (disculpando la redundancia) y a la de parejas homosexuales. Pero obvio es también que ES MEJOR para el niño que su emplazamiento adoptivo sea a la menor edad posible ¿Y ello porqué?: pues, sencillamente, para que opere funcionalmente lo mejor posible la plasticidad neonatal propia del vínculo biológico. Y de allí se deriva otra consecuencia: que también es MEJOR para el niño adoptivo que su emplazamiento filial sea lo más parecido posible al de una familia biológica y ello incluye el que los niños adoptados no sea vean forzados a interrogarse que no son hijos biológicos hasta una edad bien avanzada. La "familia" monosexual impide completamente la simulación paliativa de la orfandad de vínculo paterno biológico y lo constituye inapelablemente en "distinto" al hijo biológico. Es decir: el hijo adoptivo de pareja unisexual se percatará desde sus primeras percepciones sensoriales que NO ES HIJO de sus "padres".
El vínculo biológico brinda el contrapeso perfecto a la PLASTICIDAD neonatal y ese contrapeso es el tabú del incesto y las relaciones de autoridad derivadas del principio de legitimidad paterna. Paso a explicar: El vínculo biológico padre/hijo es débil (al contrario de lo que sucede con el vínculo biológico madre/hijo). La relación corporal y afectiva entre madre e hijo iniciada en la convivencia de la vida intrauterina, continuada en la lactancia y prolongada en la especialización en la vida doméstica de la mujer es mucho más intensa que la que puede verificarse entre padre e hijo. A raíz de ello la sociedad establece el principio de LEGITIMACIÓN PATERNA por el cual adjudica sin investigación biológica que el esposo es el padre de los hijos de su esposa. El status paterno resulta en consecuencia de origen NORMATIVO antes que NATURAL y de ello resulta que el rol del padre, no pudiendo competir en cuanto a intensidad afectiva con la madre, se orienta privilegiándose en las RELACIONES DE AUTORIDAD esenciales en la familia. No olvidemos que la familia, cumpliendo su función de socialización de los niños, brinda los dos tipos de relaciones que éstos encontrarán luego en su vida adulta: la moral de coerción propia del principio de autoridad (relación padres e hijos) y la moral de cooperación propia del principio de igualdad (relación entre hermanos y en alguna medida la relación hijos/madre). 

La "autoridad" del padre no deriva entonces (por lo menos, no de manera primaria) de tópicos "machistas" sino de esa especialización originada en el principio de legitimación paterna.
El vínculo biológico brinda, por último, la única explicación del tabú del incesto, tabú que es insuperable para asegurar la unidad y funcionalidad de la familia: Los celos derivados de relaciones sexuales entre hermanos terminarían con las relaciones igualitarias y cooperativas propias de la relación fraternal. La sumisión sexual de las niñas frente al padre (que podemos imaginar inevitable si no existiese el poderosímo tabú del incesto) invalidaría a éstas para formar nuevas familias (negación de principio de ubicación). El eventual nacimiento de hijos de esas relaciones incestuosas terminaría trastocando los roles de igualdad y autoridad: El hijo incestuoso de una unión padre hija sería hermano de su propia madre, es decir, hijo de su propia hermana, hijastro de su propia abuela, posiblemente hermano de su tío y nieto de su propio padre. Esta confusión de generaciones sería contraria a la percepción y aprehensión de las relaciones de autoridad indispensables para el cumplimiento de los deberes paternales y de las relaciones igualitarias compatibles con el paradojal e inigualable ámbito de libertad que esa misma familia habilita.
La familia monosexual, producto de un "amor" indiferenciado (incapaz de discenir la distinción de roles autoritarios e igualitarios propios del amor erótico conyugal, del amor paterno/filial y del amor fraternal, todos presentes en las verdaderas familias), producirá una progresiva culturización contra el tabú del incesto (contenido en un principio por la subsistencia de las poderosas normas consuetudinarias de la familia heterosexual) y con ello, la destrucción del núcleo eficiente para la correcta procreación, manutención, ubicación y socialización de los niños. 


 
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