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LEGISLACIÓN FAMILIAR: SOLO POR LOS NIÑOS 
Publicado el 11/03/2002


Las leyes civiles de matrimonio y familia solo se explican porque ellas regulan el funcionamiento de la unidad reproductiva eficiente de la sociedad, es decir el ámbito para el nacimiento, manumisión, socialización y ubicación de los niños que son resultantes de la productividad biológica de la unión intersexual.

No hay ni tendría sentido legislación alguna sobre "dos hermanos" que vivan juntos, puesto que en una sociedad regida por el tabú del incesto, dicha convivencia no está destinada a incorporar hijos.

Como la legislación familiar es la que se considera "la mejor" para los niños, a los que está destinada, no tiene sentido admitir "modelos" que adolecen de una notoria "capitis diminutio" respecto al modelo de matrimonio monogámico heterosexual.

Así el modelo "uniparental" priva deliberadamente al niño de la concurrencia de los padres, siendo evidente que dos siempre podrán más que uno.

Del mismo modo el modelo "monosexual" priva deliberadamente al niño del enriquecedor aporte de la complementariedad masculino-femenino y de la adjudicación de roles entre el padre y la madre, que conforman una verdadera inmersión para el niño de los principios de autoridad y afecto, esenciales para su incorporación en la vida adulta.

Ni que hablar de un modelo "polígamo" que ofrece madres minusvaloradas y padres fraccionarios.

Por consiguiente, es lo mejor seguir con la verdadera familia, perfeccionándola en lo posible y no admitir el facilismo de cortar el hilo por lo más delgado, es decir "modelos" que claramente son inconvenientes para los niños. 
 
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